Offtopic, lo dejo aquí:
Artículo 128 d La Constitución:
Por lo de la factura de la luz y tal.
Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.
Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica.
Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general.